A diferencia de otro tipo de instalaciones, los protección contra incendios pasan la mayor parte del tiempo inactivos y solo se puede verificar que funcionan correctamente cuando se realizan labores de mantenimiento o cuando se utilizan por necesidad. De ahí la necesidad de establecer unos periodos de vida útil. Cuántas de las cosas que nos rodean y usamos en nuestra vida cotidiana tienen una vida útil y lo tenemos asumido?… Prácticamente todas.
Con los sistemas contra incendios ocurre exactamente lo mismo. Con el paso de los años los equipos se desgastan, pierden sensibilidad, se vuelven obsoletos, los agentes pierden propiedades, etc. por eso es importante además de seguir el plan de mantenimiento para preservar nuestros sistemas contra incendios, conocer su vida útil y saber cuándo ha llegado la hora de sustituirlos por nuevos.
Aunque ya hay equipos de protección contra incendios que sí cumplen con el marcado de su periodo de funcionamiento como es el caso de los extintores, que tienen una vida útil de 20 años desde su fabricación, no es así en otro tipo de productos como los sistemas de extinción por agua o los sistemas electrónicos de protección contra incendios.
Tras la consulta efectuada a los responsables públicos y para evitar la incoherencia de que dentro de 10 años haya que cambiar los detectores de las nuevas instalaciones y permanezcan los detectores en las viejas instalaciones, desde Normativa Extintores queremos aconsejar a clientes y usuarios la renovación de los detectores antiguos en los 10 años transcurridos tras la entrada en vigor del R. D. 513/2017.
El Real Decreto 513/2017 que aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios establece en su Anexo II “Mantenimiento Mínimo de las Instalaciones de Protección contra Incendios”, apartado de Sistemas de Detección y Alarma de incendios: “La vida útil de los detectores de incendios será la que establezca el fabricante de los mismos, transcurrida la cual se procederá a su sustitución. En el caso de que el fabricante no establezca una vida útil, esta se considerará de 10 años”.
Según indica la Guía de Aplicación del Reglamento (RIPCI), “dicho requisito sólo aplicará a los productos instalados con posterioridad a la entrada en vigor del citado Reglamento. De esta forma, conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda, a los productos ya instalados con anterioridad, no les será de aplicación el requisito de la vida útil.
Posteriormente, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha emitido un documento que indica que “visto el alto número de consultas recibidas sobre este tema, desde el presente centro directivo se envió en su momento una consulta a Abogacía del Estado preguntando sobre este caso concreto y, una vez analizado jurídicamente el caso, desde Abogacía la respuesta recibida fue la siguiente: “El concepto de vida útil recogido en el Anexo II del RD 513/2017 no es de aplicación a los equipos o sistemas ya instalados con anterioridad a la entrada en vigor de dicho reglamento”.
Con lo cual la no retroactividad del concepto de la vida útil de los detectores ha quedado aclarada tanto en la Guía como en dicha nota, incluyendo la confirmación de la Abogacía del Estado.
Sin embargo, en aras de la seguridad, tiene sentido que los sistemas que necesitan la mayor renovación sean los más antiguos. Por ello, la labor de los profesionales del mantenimiento es de vital importancia para verificar el estado de los sistemas más antiguos. Así, la Guía indica: “si la empresa mantenedora o el organismo que realice las inspecciones periódicas detecta productos instalados que, por su antigüedad o por su mal estado de conservación, no son capaces de cumplir con las tareas para las que fueron diseñados o no ofrecen unas garantías de funcionamiento fiable, deberá hacerlo constar según lo indicado en los artículos 17.c y 22.4 respectivamente, para que estos productos sean sustituidos.”.
Por todo ello, desde este post, apostamos por la inspección y control de todos los equipos de seguridad contra incendios en los que se tenga en cuenta su vida útil. Esta atención permitirá en definitiva mejorar su calidad, eficacia y fiabilidad y, por tanto, garantizar una mayor seguridad para personas y bienes.
2 Comments
Gracias por el comentario.
Así es, al igual que ocurre con los sistemas de alarma tradicionales, resulta de vital importancia realizar un mantenimiento periódico a estos equipos, en aras de la seguridad. Más aún cuando se trata de dispositivos que ya tienen cierta antigüedad y que como consecuencia de su uso de manera continuada son propensos a fallar, y por lo tanto a no detectar correctamente una situación potencialmente peligrosa.